Congregacional
Otra forma de gobierno de la iglesia resalta el papel del cristiano individual y hace que la congregación local sea el lugar donde se haya la autoridad. Dos conceptos son básicos en el esquema congregacional: la autonomía y la democracia:
1. Por autonomía queremos decir que la congregación local es independiente y se autogobierna. No existe poder externo que pueda dictar la acción de la iglesia local.
2. Por democracia queremos decir que cada miembro de la congregación local tiene voz en sus asuntos. Son los miembros individuales de la congregación los que poseen y ejercitan la autoridad. La autoridad no es la prerrogativa de un único individuo o de un grupo selecto. Ni una estructura monárquica (episcopal), ni una oligárquica (presbiteriana) ocupa el puesto de los individuos. Un sentido secundario del principio de democracia en el sistema congregacional es que las decisiones dentro de las asociaciones intereclesiales se llevan a cabo mediante representantes. Entre las principales denominaciones que practican la forma de gobierno congregacional están los Bautistas, los Congregacionalistas y la mayoría de los grupos luteranos.
Es necesario examinar los principios de autonomía y democracia más detenidamente. Se cree que el principio de autonomía refleja la posición básica del gobierno de la iglesia del Nuevo Testamento. En Hechos y en las Epístolas el enfoque principal es la iglesia local. No existe referencia alguna a estructuras superiores o más allá de ella, no hay órdenes de hacer uniones de ningún tipo entre iglesias. No encontramos ningún ejemplo de control sobre ninguna iglesia local por parte de organizaciones externas o individuos. Los apóstoles hacen recomendaciones y dan consejos, pero no ejercen ningún tipo de control real o de dirección. Incluso Pablo tiene que argumentar a favor de su autoridad apostólica y suplicar a sus lectores que sigan sus enseñanzas (Gá. 1:11-24).
El principio de autonomía significa que cada iglesia local se gobierna a sí misma. Cada congregación elige a su propio pastor y determina cuál será su presupuesto. Compra y posee propiedades independientemente de cualquier autoridad externa. Aunque puede pedir consejo a otras iglesias y consejos denominacionales, no está obligada a seguirlos, y sus decisiones no requieren la ratificación o aprobación externa.
Una congregación puede realizar afiliaciones corporativas, pero son de naturaleza estrictamente voluntaria. Tales afiliaciones, en general, son deseables por varias razones. Primero, muestran de forma visible la unidad presente dentro de la iglesia universal o invisible. Segundo, proporcionan y promueven la comunión cristiana de forma más amplia de lo que es posible en una única congregación. Además, permiten el servicio y el ministerio de una forma más eficaz que en la iglesia local sola. Las misiones, el establecimiento de nuevas congregaciones y las actividades para jóvenes (por ejemplo, los campamentos) están entre las cosas que son más fáciles de hacer a gran escala. Las razones para tales afiliaciones, por tanto, son principalmente pragmáticas. Unirse a tales grupos y aceptar sus decisiones es voluntario para la iglesia local. Es más, la congregación local puede concluir la relación en el momento que lo desee. Las asociaciones, convenciones o conferencias formadas por iglesias locales deben funcionar de forma democrática. Ninguna iglesia, grupo de iglesias o individuos puede dominar, controlar o mandar a los demás. Se vota de forma representativa, normalmente en proporción al tamaño de las iglesias individuales implicadas. Como en la forma presbiteriana de gobierno, cualquier líder que esté implicado es ahora siervo, no señor, de la iglesia y de sus miembros. Sirven mediante la voluntad de los miembros de las congregaciones locales y por periodos específicos limitados. Tienen títulos como secretario ejecutivo, pero en ningún sentido son obispos.
Hay un punto en el que la autonomía de la congregación local debe ser calificada. Cuando una congregación acepta subsidios financieros de una comunión de iglesias más grande, la asociación o convención deseará estar informada de todas las acciones del cuerpo local, y puede que incluso establezca algunas directrices y restricciones que esta deba conocer. (Esto no debe sorprender, porque para obtener un préstamo o una hipoteca de un banco hay que asumir ciertas obligaciones y restricciones.) Sin embargo, debería tenerse en cuenta que las restricciones se asumen voluntariamente; la congregación no ha sido obligada a aceptar la ayuda.
El concepto de democracia significa que la autoridad dentro de la congregación local recae en los miembros individuales. Aquí se da mucha importancia al sacerdocio de todos los creyentes. Se cree que este principio se abandonaría si se hiciese que la toma de decisiones fuese un privilegio de los obispos o los ancianos. La obra de Cristo ha hecho que tales gobernantes sean innecesarios, porque ahora todos los creyentes tiene acceso al Lugar Santísimo y pueden acercarse directamente a Dios. Es más, como Pablo nos recuerda, cada miembro o parte del cuerpo hace una valiosa contribución para el bienestar del conjunto.
Hay algunos elementos de la democracia representativa dentro de la forma de gobierno congregacional. Ciertas personas son elegidas por libre elección de los miembros del cuerpo para servir de formas especiales. Son representantes y siervos de la iglesia, responsables ante los que les han escogido. No pueden ejercer su autoridad de forma independiente o en contra de los deseos de la gente. Si lo hacen, pueden ser apartados del puesto. Sin embargo, las decisiones principales, como el nombramiento de un pastor o la venta o compra de propiedades, las toma la congregación en su conjunto. Este poder está reservado a toda la membresía gracias a la constitución de la iglesia. En estas y todas las otras decisiones de la congregación, cada miembro con edad para votar tiene un voto, sea cual sea su estado social o económico.
En la forma congregacional de gobierno, como en la presbiteriana, hay un único nivel de clerecía. Los títulos de obispo, anciano y pastor son considerados nombres diferentes para el mismo oficio; se ha sugerido que designan diferentes funciones o aspectos del ministerio. Es de señalar que cuando se dirigió a los ancianos de Éfeso (Hch. 20:17) Pablo advirtió: “Por tanto, mirad por vosotros y por todo el rebaño en que el Espíritu Santo os ha puesto por obispos para apacentar la iglesia del Señor, la cual él ganó por su propia sangre” (v. 28). Se argumenta que el uso de los tres términos en conexión con el mismo grupo indica equivalencia. El único otro oficio es un oficio no ministerial, el de diácono (literalmente “el que sirve”).
Se han planteado varios argumentos para establecer el sistema congregacional como la forma normativa del gobierno de la iglesia. En los primeros días de la iglesia, que se relatan en el libro de los Hechos, la congregación en su conjunto escogía las personas para los oficios y determinaba la política. Escogieron al sucesor de Judas (Hch. 1). Seleccionaron a los primeros diáconos (Hch. 6). Aunque no hay una declaración explícita de que toda la congregación estuviera implicada en la elección de Pablo y Bernabé para su trabajo (Hch. 13:1-3), sacamos esa conclusión del hecho de que cuando volvieron de Antioquía, expusieron su informe ante toda la iglesia (Hch. 14:27). Y fue toda la iglesia la que envió a Pablo y a Bernabé a Jerusalén para ayudar a resolver la cuestión de la circuncisión (Hch. 15:2-3). De forma similar, toda la iglesia de Jerusalén envió la respuesta: “Entonces pareció bien a los apóstoles y a los ancianos, con toda la iglesia, elegir a algunos varones y enviarlos a Antioquía con Pablo y Bernabé: a Judas, que tenía por sobrenombre Barsabás, a Silas, hombres principales entre los hermanos” (v. 22). ¿Qué pasa con la aparente elección de los ancianos por parte de los apóstoles (Hch. 14:23)? Una posible interpretación es que en realidad podrían no haber sido elegidos por los apóstoles. Quizá los apóstoles sugirieron la idea y presidieron la ordenación, pero la elección la hizo la gente. Esto en realidad es el patrón de Hechos 6.
Además, las enseñanzas de Jesús parecen oponerse a las posiciones de liderazgo especial que encontramos en los esquemas de gobierno episcopal y presbiteriano. Él censuraba a aquellos que buscaban ocupar un rango por encima de otras personas. Cuando sus discípulos discutían cuál de ellos era superior: “Él les dijo: Los reyes de las naciones se enseñorean de ellas, y los que sobre ellas tienen autoridad son llamados bienhechores; pero no así vosotros, sino que el mayor entre vosotros sea como el más joven, y el que dirige, como el que sirve, pues, ¿cuál es mayor, el que se sienta a la mesa o el que sirve? ¿No es el que se sienta a la mesa? Pero yo estoy entre vosotros como el que sirve” (Lc. 22:25-27). Un líder, pues, es el que sirve a todos. Se dará un sentido adecuado de servicio si los líderes tienen en mente que han sido escogidos por aquellos a los que sirven y ante quienes son responsables. Jesús también nos enseñó que no debemos buscar distinciones ni títulos especiales: “Pero vosotros no pretendáis que os llamen “Rabí”, porque uno es vuestro Maestro, el Cristo, y todos vosotros sois hermanos.” (Mt. 23:8). Estas enseñanzas de Jesús parecen favorecer una estructura democrática en la iglesia cristiana.
Otra consideración es que tanto Jesús como Pablo asignaron la responsabilidad de la disciplina al grupo en su conjunto. En la discusión de Jesús sobre el tratamiento a un hermano que ha pecado, el agente final de la disciplina es la iglesia. Si el hermano que ofende se niega a escuchar a la iglesia, será tratado como un gentil o un publicano (Mt. 18:15-17). Pablo enseñó a la congregación corintia en su conjunto (1 Co. 1:2), no sólo a los ancianos, a apartar de su comunidad al hombre que estuviera viviendo de forma inmoral con la esposa de su padre (1 Co. 5). También se observa que las cartas de Pablo estaban dirigidas a las iglesias en su conjunto y no a un obispo o a un grupo de ancianos. Las cartas a Timoteo, Tito y Filemón estaban escritas a ellos individualmente, no como líderes de una iglesia en particular.
Sin embargo, hay varias objeciones a la forma congregacional de gobierno de la iglesia, al igual que sucedía con las formas episcopal y presbiteriana:
1. El esquema congregacional deja de lado la evidencia bíblica de la autoridad apostólica (y por lo tanto episcopal). Por ejemplo, Pablo sí designó ancianos (Hch. 14:23) e instruyó a Tito para que hiciera lo mismo (Tit. 1:5). Además, en muchas ocasiones cuando Pablo habla o escribe a las iglesias, no ofrece meramente consejo o instrucción, sino que prácticamente les está ordenando.
2. Se aprecia que hubo una separación de oficios entre obispo, anciano y diácono bastante pronto en la historia de la iglesia. A los obispos se les concedía una autoridad y un estatus especial. Si mantenemos que esta tendencia no estaba ya presente en el cuerpo de Cristo en los días del Nuevo Testamento, estamos suponiendo con demasiada libertad que la iglesia se separó muy rápidamente de sus fundamentos neotestamentarios.
3. Finalmente, aunque es cierto que las cartas de Pablo iban dirigidas a toda la congregación y no a sus ancianos, ¿qué pasa con Apocalipsis 2-3, las cartas de Juan a las siete iglesias? Estas cartas iban dirigidas al “ángel” o al “mensajero” de las respectivas congregaciones, probablemente el anciano que estaba al frente en cada caso.
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